Solicitud Beneficio Tarifario Entidades Asistenciales sin Ánimo de Lucro Solicitud Beneficio Tarifario Entidades Asistenciales sin Ánimo de Lucro

¿En qué consiste?

Corresponde a solicitud de exención de contribución a entidades asistenciales sin ánimo de lucro, es decir que presten servicio de asistencia como protección a los niños, a los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los de estado de indigencia y a los de la tercera edad.

¿Quiénes lo pueden presentar? – Requisitos

Usuarios del servicio energía que se encuentren registrados en la empresa como entidades asistenciales sin ánimo de lucro.

Deben adjuntar los siguientes documentos:

  • aCarta solicitud expresa del interesado de aplicación de la exención.
  • bDocumento que prueba la existencia y constitución de la persona jurídica, (sin ánimo de lucro), expedido por el ente autorizado para tal fin, con una vigencia no mayor a doce (12) meses.
  • cResultado de una inspección donde se verifique que efectivamente dentro de las instalaciones se realiza la actividad mencionada y no se realizan actividades de índole comercial o industrial.

¿Cómo se puede presentar?

Presencial: Oficinas de EBSA

 

Virtual: Página web https://www.ebsa.com.co/ botón Peticiones Quejas y Reclamos https://ebsa.com.co/sitio/pagina/Registro-de-PQR/​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​

¿Cuáles son los tiempos de respuesta?


Quince (15) hábiles a partir de la fecha de presentación o radicación de la solicitud.

¿Qué normas lo sustentan?

Ley 142 Art. 89

¿Cuáles son los costos?

(incluidos en la factura): $52.813

¿Requiere formatos?

N.A.

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